El Registro de Establecimientos y Servicios Biocidas tendrá una validez indefinida

El 14 de julio del 2010 se publicaba en el BOE  el Real Decreto 830/2010. En el que entre otras cosas se aprobó la validez indefinida para todos los Registros de Establecimientos y Servicios Biocidas, por lo que ya no habrá que realizar ninguna renovación. Sólamente habrá que informar a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, en el caso que se produzca alguna modificación de las condiciones en las que se dictó la resolución de la inscripción. 

En el Real Decreto también se deja constancia de la posibilidad que tienen las empresas de control de plagas de trabajar en cualquier parte del territorio nacional con la única inscripción en el registro de una Comunidad Autónoma.

 

RD 830/2010 http://www.boe.es/boe/dias/2010/07/14/pdfs/BOE-A-2010-11157.pdf

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